Según la ley de aranceles profesionales, en Capital Federal, el juez regulará de honorarios entre un 8,25 % y un 15 % del valor real de los bienes (art. 24º ley 21.839).
En provincia de Buenos Aires, en cambio, el juez regula entre un 6 % y un 20 % de la valuación fiscal (art. 35º decreto ley 8904).
Porque la regulación de honorarios en una sucesión puede ser muy alta le sugerimos que es conveniente celebrar un convenio de honorarios con el abogado antes de iniciar el trámite sucesorio.
Si no firma convenio de honorarios, el abogado puede solicitar regulación judicial de los mismos y estos pueden ser mucho más elevados que los que hubiera pactado de común acuerdo con Ud.
|
Solicitar entrevista. En temas sucesorios la consulta inicial es gratuita y sin compromiso alguno. |